Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 16
En vigor desde 24 mar 2007
Los Poderes Públicos procurarán atender al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad que les correspondan.
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Proeli/es/lo/2007/03/22/3#art-16