Título TÍTULO II

Art. 26

En vigor desde 15 mar 1995
La ciudad de Melilla, mediante acuerdo de su Asamblea, podrá proponer al Gobierno la adopción de las medidas necesarias para modificar las leyes y disposiciones generales aplicables, al objeto de adaptarlas a las peculiaridades de la Ciudad.
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eli/es/lo/1995/03/13/2#art-26

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