Libro LIBRO IITítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XII

Art. 245

En vigor desde 8 may 1989
El sobreseimiento puede ser definitivo o provisional, total o parcial. Si fuere parcial se mandará abrir el juicio oral respecto de los procesados a quienes no favorezca. Si fuere total se mandará archivar las actuaciones, dándose a las piezas de convicción el destino que prevé la Ley común.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/1989/04/13/2#art-245

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil