Título TÍTULO VII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 17 nov 2015
La presente Ley Orgánica se dicta en ejercicio de las competencias exclusivas atribuidas al Estado en materia de relaciones internacionales y de legislación procesal por el artículo 149.1.3.ª y 6.ª de la Constitución.
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eli/es/lo/2015/10/27/16#disposicion-final-primera

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