Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO V

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 15 ene 2016
El párrafo a) del apartado 1 del artículo 112 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, queda redactado del siguiente modo: «a) Condena, en sentencia firme, a la pena de prisión del Código Penal Militar o del Código Penal, mientras se encuentre privado de libertad y sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, o a las penas, principal o accesoria, de suspensión militar de empleo o suspensión de empleo o cargo público.»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/2015/10/14/14#disposicion-final-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil