Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. Artículo cuarto

En vigor desde 16 ago 1982
El territorio de la Comunidad Foral de Navarra está integrado por el de los municipios comprendidos en sus Merindades históricas de Pamplona, Estella, Tudela, Sangüesa y Olite, en el momento de promulgarse esta Ley.
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eli/es/lo/1982/08/10/13#articulo-cuarto

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