Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 23 ene 2008
En todo lo no previsto en la presente Ley será de aplicación supletoria la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, y la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
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eli/es/lo/2007/10/22/12#disposicion-adicional-primera

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