Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Funcionamiento del pleno y de las comisiones asesoras

Art. 22

En vigor desde 5 abr 2023
A las reuniones del pleno podrá asistir como oyente quien así lo solicite, pudiendo intervenir en los distintos puntos del orden del día si así lo solicita con una antelación mínima de 5 días a la celebración de la sesión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2023/03/22/9#art-22

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil