Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 20 may 2017
El personal facultativo sanitario fijo del Departamento de Salud y de sus organismos autónomos, que hubiese prestado servicio como facultativo sanitario fijo en puestos de la Administración de la Comunidad Foral en los que no estaba instaurado el sistema de carrera profesional, podrá solicitar el reconocimiento de tales servicios.
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