Art. Disposición transitoria única
En vigor desde 16 jun 2009
El importe de la aplicación del 0,7 por 100 para «otros fines de interés social» que realicen los contribuyentes en la campaña de renta de 2009, será de aplicación para la configuración y gestión del «Fondo 0,7 por 100 de otros fines de interés social» en el año 2010.
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Proeli/es-nc/lf/2009/06/05/7#disposicion-transitoria-unica