Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
En vigor desde 9 abr 2020
El personal incluido en el ámbito de aplicación de la presente ley foral jubilado menor de setenta años y acogido al Montepío de funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrá ser reincorporado al servicio activo por la Directora General de Función Pública, en las mismas condiciones señaladas en el artículo anterior.
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Proeli/es-nc/lf/2020/04/06/6#art-10