Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 314
DerogadoEn vigor desde 1 oct 1990
El control de eficacia tendrá por objeto la comprobación periódica del grado de cumplimiento de los objetivos, así como el análisis del coste de funcionamiento y del rendimiento de los respectivos servicios o inversiones.
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Proeli/es-nc/lf/1990/07/02/6#art-314