Capítulo CAPÍTULO III
Art. 17
En vigor desde 1 ene 2019
Las solicitudes de expedición, renovación o modificación del título de familia monoparental se presentarán, junto con la documentación establecida en el artículo 16 de esta ley foral, en las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad Foral de Navarra o de las Entidades locales de Navarra, o en cualquiera de los lugares que, con carácter general, reconoce, para la presentación de solicitudes, el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se podrán presentar de manera telemática, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Proeli/es-nc/lf/2019/02/07/5#art-17