Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimoquinta

En vigor desde 16 jun 2015
Los instrumentos de ordenación territorial y urbanística adoptarán la variable paisajística, de acuerdo con las indicaciones del Convenio Europeo del Paisaje, mediante una Estrategia Navarra del Paisaje a elaborar por el Gobierno de Navarra. Se añade por el art. único. 98 de la Ley Foral 5/2015, de 5 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3329 . Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BON núm. 92, de 14 de mayo de 2015.

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eli/es-nc/lf/2002/12/20/35#disposicion-adicional-decimoquinta

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