Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Presupuestos y formas de ejecución
Art. 130
En vigor desde 27 mar 2003
La ejecución del planeamiento se desarrollará a través de los procedimientos establecidos en esta Ley Foral para la transformación y uso del suelo y en especial para su urbanización y edificación, y garantizará la distribución equitativa de los beneficios y cargas entre los afectados, así como el cumplimiento de los deberes de cesión y de urbanización.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2002/12/20/35#art-130