Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 1 ene 2019
El departamento competente en materia de memoria histórica dará traslado al competente en materia de cultura de las inscripciones que se practiquen en el Registro de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2018/12/26/29#disposicion-adicional-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil