Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 26 nov 2002
En todo lo no previsto en esta Ley Foral serán de aplicación las disposiciones contenidas en la legislación electoral aplicable a los Ayuntamientos, teniendo en cuenta su adaptación a las características y ámbito de la consulta.
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Proeli/es-nc/lf/2002/10/28/27#disposicion-final-segunda