Art. Nota inicial

En vigor desde 2 mar 2015
Téngase en cuenta que se declara que esta Ley no es contraria al orden constitucional de distribución de competencias siempre que se interprete en los términos señalados en los fundamentos jurídicos 5 y 6, por Sentencia del TC 14/2015, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2015-2260 .

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eli/es-nc/lf/2014/02/17/2#nota-inicial-no

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