Art. 2
En vigor desde 11 oct 2018
La iniciación del correspondiente expediente de gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá realizar antes de la finalización del ejercicio 2018.
No obstante, en el supuesto de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse íntegramente durante este ejercicio, la parte restante del gasto autorizado se podrá comprometer y reconocer en el ejercicio siguiente, financiándose con cargo al remanente de tesorería del año inmediatamente anterior, el cual quedará afectado a ese fin por ese importe restante, sin que se permita incurrir en déficit al final del ejercicio siguiente.
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Proeli/es-nc/lf/2018/10/10/19#art-2