Libro LEY FORAL DE LA CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRATítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 33

En vigor desde 26 dic 1984
1. Los Letrados de la Cámara de Comptos serán seleccionados por concurso-oposición, de entre quienes estén en posesión del título de Licenciado en Derecho. 2. El proceso selectivo incluirá también un periodo de formación y prácticas, que tendrá una duración de un año, y que será necesario superar para obtener el nombramiento definitivo como funcionario.
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eli/es-nc/lf/1984/12/20/19#art-33

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