Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 36

En vigor desde 13 jul 2018
1. La ejecución de las acciones del Plan de ciencia, tecnología e innovación corresponderá a los agentes que en cada caso determine el propio plan. 2. Asimismo, el departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de I+D+i realizará el seguimiento, evaluación periódica y coordinación de la ejecución del plan y del nivel de cumplimiento de sus objetivos contando con las aportaciones del Consejo Asesor en I+D+i de Navarra y del coordinador de agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i.
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eli/es-nc/lf/2018/06/27/15#art-36

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