Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 34

En vigor desde 13 jul 2018
1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, y demás agentes propondrán las áreas de investigación prioritarias en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra y las tecnologías estratégicas necesarias para alcanzar los objetivos establecidos en dichas áreas prioritarias. Asimismo, el Consejo Asesor de I+D+i de Navarra podrá realizar recomendaciones en relación con dichas áreas y tecnologías. 2. Para cada área prioritaria y tecnología estratégica, el plan tendrá que definir las acciones correspondientes: a) Prioridades de I+D+i. b) Personal investigador y formación necesaria. c) Infraestructuras requeridas y su disponibilidad. d) Empresas y agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, cuya actividad se centre en dicha área. e) Sinergias con las convocatorias de ayudas nacionales y europeas existentes. f) Acciones especiales que se consideren. 3. A efectos de optimizar la distribución de los recursos financieros disponibles, las áreas prioritarias y las tecnologías estratégicas se definirán de manera que permitan una identificación con los planes nacionales y europeos en materia de I+D+i.
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eli/es-nc/lf/2018/06/27/15#art-34

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