Capítulo CAPÍTULO II
Art. 12
En vigor desde 8 abr 2026
1. El coordinador de agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, es el agente dedicado a la coordinación de todos los agentes de ejecución del sistema, la dinamización de la relación entre ciencia, tecnología y empresa en Navarra y a la difusión de la ciencia, la investigación, la innovación y la tecnología en todos los ámbitos de la sociedad navarra.
2. Para obtener la acreditación como coordinador de agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, además de cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 7, deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Disponer de un acuerdo de colaboración con más del 50 por ciento de los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI.
b) Que en sus órganos de gobierno haya una representación de los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, del sector privado y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
3. El Coordinador de agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, tendrá los siguientes derechos:
a) Todos los derechos propios de un agente del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI.
b) A participar en las convocatorias específicas de ayudas en las que se contemple entre los requisitos de acceso u obtención el ser coordinador de agentes de ejecución.
4. El coordinador de agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, tendrá las siguientes funciones:
a) Actuar como interlocutor de los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, ante la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
b) Organizar, a instancias y bajo la supervisión del departamento competente en materia de I+D+i, el proceso de evaluación de los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, para contribuir a la mejora de los mismos hacia la excelencia.
c) Ayudar a la mejora de la excelencia de los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, mediante medidas de buenas prácticas, ayudar en la selección de comités científico-técnicos internacionales y ayudar para la participación en proyectos y redes europeas.
d) Fomentar convenios de colaboración entre agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, para mejorar su excelencia, sus capacidades y su competitividad.
e) Gestionar la base de datos y el sistema de uso compartido de las infraestructuras científico-técnicas de Navarra.
f) Gestionar un repositorio de publicaciones y proyectos de I+D+i de los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, que deberá emplear un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada y pluralidad de roles entre mujeres y hombres.
g) Mejorar el conocimiento que las empresas y la sociedad en general tengan del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, de sus agentes y sus capacidades.
h) Coordinar proyectos de I+D+i colaborativos y de transferencia entre agentes, entidades públicas y empresas navarras, reforzando la colaboración público-privada.
i) Organizar premios y eventos de divulgación científico-técnica.
j) Ayudar a la homogeneización, adaptación a los estándares exigidos por la Administración regional, nacional y europea y mejora de los sistemas de gestión económicos, de recursos humanos y de gestión de los agentes.
k) Dinamizar la I+D+i tanto en el Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, como en el sector empresarial.
l) Dinamizar la presencia y facilitar información de los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, fuera del ámbito territorial de Navarra, en coordinación con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
m) Velar por el cumplimiento por parte de los agentes del Sistema Navarro de I+D+i, SINAI, de las medidas que a favor de la igualdad entre mujeres y hombres se recogen en la presente ley foral.
n) Colaborar en la dinamización de la formación en ciencia en las distintas etapas educativas de acuerdo a los objetivos de esta ley foral.
Se modifica el apartado 1 y la letra h) del apartado 4 por el art. único.18 y 19 de la Ley Foral 2/2026, de 23 de marzo. Ref. BOE-A-2026-9044
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2018/06/27/15#art-12