Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 1 jul 2012
Quedan derogadas las siguientes normas: a) La disposición adicional tercera de la Ley Foral 21/2010, de 13 de diciembre, de salud mental de Navarra, por la que se establece la estructura orgánica de la Dirección de Salud Mental del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. b) Los artículos 1 y 2 de la Orden Foral 5/1999, de 18 de enero, del Consejero de Presidencia e Interior, por la que se establecen las indemnizaciones por dietas y kilometraje del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, así como de la normativa que, en su caso, exista al respecto en las entidades locales. c) Otras disposiciones de igual o inferior rango en cuanto se opongan a lo dispuesto en esta Ley Foral.
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eli/es-nc/lf/2012/06/21/13#disposicion-derogatoria-unica

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