Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Iniciación y trámites

Art. 100

En vigor desde 1 ene 2020
Serán aplicables en el procedimiento de gestión las normas contenidas en el artículo 149 de esta ley foral sobre la rectificación de errores materiales, aritméticos o de hecho. Se modifica por el .9 de la Ley Foral 29/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-450

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eli/es-nc/lf/2000/12/14/13#art-100

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