Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Iniciación y trámites
Art. 100
En vigor desde 1 ene 2020
Serán aplicables en el procedimiento de gestión las normas contenidas en el artículo 149 de esta ley foral sobre la rectificación de errores materiales, aritméticos o de hecho.
Se modifica por el .9 de la Ley Foral 29/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-450
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2000/12/14/13#art-100