Título TÍTULO VII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 1 jul 2019
El Presupuesto de la Comunidad Foral, en el marco de disponibilidad presupuestaria, contará con dotaciones específicas para financiar la promoción de la participación en Navarra, que serán gestionadas por el departamento competente en materia de participación ciudadana, sin perjuicio de los créditos para ayudas y subvenciones de programas que fomenten la participación que pudieran contemplarse en los respectivos estados de gastos de los demás departamentos.
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