Título TÍTULO VII

Art. 61

Derogado
En vigor desde 28 dic 2012
1. La actuación de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración Pública estará presidida por el interés general y la transparencia en su gestión, observándose los principios éticos y de conducta contemplados en el Código de Buen Gobierno aprobado por la Ley Foral 2/2011, de 17 de marzo. 2. El tratamiento oficial de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración Pública será el de Señor o Señora, seguido de la denominación de su respectivo cargo, empleo o rango correspondiente.
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