Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimocuarta

En vigor desde 1 ene 2026
El personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, que realice guardias en días especiales, podrá percibir un módulo de productividad variable por un importe igual al correspondiente de la guardia. A estos efectos tienen la consideración de días especiales los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1, 5 y 6 de enero. Se añade por la disposición final 6 de la Ley Foral 16/2025, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-5611

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eli/es-nc/lf/1992/10/20/11#disposicion-adicional-decimocuarta

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