Capítulo CAPÍTULO III

Art. Artículo once

En vigor desde 1 ago 1943
Se confirma la existencia de las doce Universidades siguientes: de Barcelona, de Granada, de La Laguna, de Madrid, de Murcia, de Oviedo, de Salamanca, de Santiago de Compostela, de Sevilla, de Valencia, de Valladolid y de Zaragoza.
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eli/es/l/1943/07/29/(1)#articulo-once

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