Título TÍTULO III
Art. Artículo cincuenta y cinco
En vigor desde 15 ago 1955
No podrá constituirse prenda sin desplazamiento sobre los bienes expresados en el artículo doce o que por pacto hubieren sido hipotecados con arreglo al artículo ciento once de la Ley Hipotecaria.
Tampoco podrá constituirse prenda ordinaria sobre bienes que se hallen pignorados con arreglo a esta Ley.
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Proeli/es/l/1954/12/16/(2)#articulo-cincuenta-y-cinco