Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección segunda. Centros CERCA del sector público de la Generalitat

Art. 54

En vigor desde 12 ene 2023
1. Los directores de los centros CERCA y de la Institución Catalana de Investigación y Estudios Avanzados, y su personal investigador con funciones de dirección de equipos humanos, instalaciones e infraestructuras, parques científicos y tecnológicos, y de programas y proyectos científicos y tecnológicos, no tienen la consideración de altos cargos a efectos de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, del régimen de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalidad, y se les aplica la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalidad, con las adaptaciones que en materia de incompatibilidades del personal investigador establecen las Leyes del Estado 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, y 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación. 2. Las personas que ocupan el cargo de director de los centros CERCA y de director de la Institución Catalana de Investigación y Estudios Avanzados y su personal investigador con funciones de dirección pueden superar los límites establecidos por la normativa de incompatibilidades para el ejercicio de una segunda actividad docente, investigadora o de dirección científica en la universidad y en otros centros o estructuras de investigación del sector público.
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eli/es-ct/l/2022/12/21/9#art-54

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