Título TÍTULO VI

Art. Disposición final decimotercera

En vigor desde 18 mar 2021
Las medidas previstas en el capítulo II del título III de esta ley resultarán de aplicación en los espacios protegidos Red Natura 2000 de Galicia desde el momento de su entrada en vigor, sin perjuicio de la ulterior adaptación del Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia, aprobado por el Decreto 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia.
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eli/es-ga/l/2021/02/25/9#disposicion-final-decimotercera

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