Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 30 dic 2021
En el supuesto de que el 1 de enero de 2025 no hubiera entrado en vigor el Plan Estadístico 2025-2028, se considerará prorrogada la vigencia del Plan Estadístico 2021-2024 que deberá adaptarse a las dotaciones presupuestarias de los correspondientes ejercicios.
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