Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 28 may 2019
Todos los órganos colegiados previstos en esta ley tienen que respetar el principio de paridad y tendrán que buscar una composición equilibrada entre mujeres y hombres.
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eli/es-ib/l/2019/02/19/9#disposicion-adicional-cuarta

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