Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XIII
Art. 171
En vigor desde 2 ene 2019
Son sociedades cooperativas de seguros las que tienen por objeto el ejercicio de la actividad aseguradora y de producción de seguros, en los ramos y con los requisitos establecidos en la legislación del seguro y, con carácter supletorio, por la presente Ley.
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Proeli/es-ex/l/2018/10/30/9#art-171