Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO III
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 9 mar 2018
Hasta que transcurran seis meses de la entrada en vigor de la presente Ley y resulte exigible, por tanto, las obligaciones establecidas en el artículo 32.2.d) respecto al contenido de los estatutos de las entidades que ostenten la condición de medio propio personificado, estas seguirán actuando con sus estatutos vigentes siempre y cuando cumplan con lo establecido en las letras a), b) y c) del apartado 2 del artículo 32.
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Proeli/es/l/2017/11/08/9#disposicion-transitoria-cuarta