Título TÍTULO VIII
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 11 may 2014
Las normas reglamentarias en materia de telecomunicaciones vigentes con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley o dictadas en desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones continuarán vigentes en lo que no se opongan a esta Ley, hasta que se apruebe su normativa de desarrollo.
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Proeli/es/l/2014/05/09/9#disposicion-transitoria-primera