Título TÍTULO II

Art. 54

En vigor desde 6 nov 2014
En el marco de las medidas de apoyo familiar previstas en esta ley se dará prioridad a las mujeres embarazadas en situación de vulnerabilidad ocasionadas por motivos de edad, cultural, salud, situación socioeconómico o cualquier otra circunstancia personal o social que así lo justifique, siempre que dichas medidas sean adecuadas a su situación.
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eli/es-ar/l/2014/10/23/9#art-54

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