Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IX

Art. 22

En vigor desde 28 dic 2013
Reglamentariamente se desarrollará el régimen de funcionamiento del Consejo Gallego de Economía y Competitividad. El órgano colegiado se regirá por lo dispuesto en los artículos 14 y siguientes de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general de la Comunidad Autónoma y del sector público autonómico de Galicia, pudiendo establecer o completar sus propias normas de funcionamiento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2013/12/19/9#art-22

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil