Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Tasa por gestión técnico-facultativa de los servicios agrícolas
Art. 96
En vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten o a quienes se les preste cualquiera de los servicios o actuaciones que constituyen el hecho imponible.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-96