Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección 3.ª Tasa por la expedición de títulos oficiales de enseñanzas artísticas superiores
Art. 427
En vigor desde 26 sept 2017
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 1. Por la expedición del título Superior de Música o de Danza, o del título Superior de Arte Dramático, o del título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, o del título Superior de Diseño: 102,18 euros.
Tarifa 2. Expedición del duplicado de cualquiera de los títulos mencionados: 35,79 euros.
Se añade por el .3 de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre. Ref. BOE-A-2017-11784#a1-2
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-427