Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección 3.ª Tasa por la expedición de títulos oficiales de enseñanzas artísticas superiores
Art. 427
468 / 483En vigor desde 26 sept 2017
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 1. Por la expedición del título Superior de Música o de Danza, o del título Superior de Arte Dramático, o del título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, o del título Superior de Diseño: 102,18 euros.
Tarifa 2. Expedición del duplicado de cualquiera de los títulos mencionados: 35,79 euros.
Se añade por el .3 de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre. Ref. BOE-A-2017-11784#a1-2
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-427