Art. 427
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VIIISecc. Sección 3.ª Tasa por la expedición de títulos oficiales de enseñanzas artísticas superiores

Art. 427

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En vigor desde 26 sept 2017
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas: Tarifa 1. Por la expedición del título Superior de Música o de Danza, o del título Superior de Arte Dramático, o del título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, o del título Superior de Diseño: 102,18 euros. Tarifa 2. Expedición del duplicado de cualquiera de los títulos mencionados: 35,79 euros. Se añade por el .3 de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre. Ref. BOE-A-2017-11784#a1-2

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Pro

eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-427