Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 8.ª Tasa por inserción de anuncios en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha
Art. 384
En vigor desde 2 dic 2012
El devengo de la tasa se producirá en el momento de la solicitud de inserción de anuncios en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-384