Art. 384
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 8.ª Tasa por inserción de anuncios en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

Art. 384

424 / 483
En vigor desde 2 dic 2012
El devengo de la tasa se producirá en el momento de la solicitud de inserción de anuncios en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-384