Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 16.ª Tasa por emisión del certificado de idoneidad como cuidador no profesional de personas en situación de dependencia
Art. 312
DerogadoEn vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por los órganos administrativos competentes, de los servicios administrativos relativos a la emisión del certificado de idoneidad como cuidador no profesional de personas en situación de dependencia, al amparo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía y atención a las personas en situación de dependencia; del Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia y demás requisitos que estos han de cumplir y de la normativa autonómica sobre el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-312