Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 35.ª Tasa por renovación de la concesión de etiqueta ecológica

Art. 235

En vigor desde 2 dic 2012
La cuantía de la tasa será objeto de la bonificación del 20 por ciento para los sujetos pasivos que acrediten disponer de la validación por el Reglamento EMAS o certificación por la Norma ISO 14001, y se comprometan, en su política medioambiental, a incorporar una referencia expresa al cumplimiento de los criterios de la etiqueta ecológica que han servido de base a la concesión.
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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-235

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