Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 35.ª Tasa por renovación de la concesión de etiqueta ecológica
Art. 232
En vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por los órganos administrativos competentes, de la renovación de la concesión de la etiqueta ecológica para los productos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento 66/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea o la norma que lo sustituya.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-232