Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
En vigor desde 1 abr 2011
Se autoriza a la Consejería competente en materia de energía para dictar las disposiciones de desarrollo de esta Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2011/03/21/9#disposicion-final-primera