Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 43

En vigor desde 25 dic 2010
La publicidad de la oferta que deberá ser entregada al consumidor incluirá, al menos, los siguientes extremos: a) Identificación y domicilio de la empresa. b) Datos esenciales del producto, de forma que permitan su identificación inequívoca en el mercado. c) Precio, forma y condiciones de pago, gastos y plazo de envío. d) Derecho que le asiste a disponer de un período de reflexión no inferior a siete días, durante el cual puede decidir la devolución del producto de que se trate y recibir las cantidades que haya entregado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2010/12/17/9#art-43

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil