Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección cuarta›§ Del procedimiento sancionador
Art. Disposición final quinta
En vigor desde 15 dic 2009
La presente ley entrará en vigor a los 20 días de su completa publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
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Proeli/es-vc/l/2009/11/20/9#disposicion-final-quinta